BECA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RÍO VERDE
La Beca I. Municipalidad de Río Verde, es un beneficio destinado a los alumnos de enseñanza básica, media y superior, los cuales pertenezcan al grupo familiar de un habitante y/o residente de la comuna. Este beneficio es otorgado, financiado y administrado directamente por esta Corporación Edilicia, de acuerdo a la norma legal y jurisprudencia vigente.
Objetivo De La Beca: Apoyar el desarrollo intelectual de los becarios premiando el esfuerzo, la constancia y la responsabilidad, a través de un incentivo económico variable, según el promedio o porcentaje que obtengan, a través del nivel académico en que se encuentre el estudiante.
Se otorgará un máximo de 2 becas por cada grupo familiar y la postulación será realizada anualmente, ajustándose al presupuesto municipal anual contemplado para este ítem, los cuales serán seleccionados conforme al rendimiento que presenten.
Requisitos De La Postulación:
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Pertenecer al grupo familiar de un habitante y/o residente de la comuna.
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Cumplir con el rendimiento escolar exigido para cada nivel educacional.
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Contar con la documentación solicitada.
NOTA: La Beca I. Municipalidad de Río Verde no rige para práctica escolar de nivel superior, práctica técnico profesional o práctica profesional universitaria.
Documentación necesaria y trámites a seguir para la obtención de la ayuda por parte del postulante:
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Rellenar formulario de solicitud de Beca I. Municipalidad de Río Verde, indicando contactos telefónicos del postulante y del beneficiario(a) en caso de Educación Superior. El formulario será pro
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Certificado de alumno regular del semestre en el cual está matriculado al momento de postular a la beca.
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Malla y el avance curricular indicando porcentaje de avance, en el caso de enseñanza superior.
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Certificado de notas: correspondiente al semestre lectivo anterior a del que se postula. En el caso de aquellas personas que no estudiaron en el semestre anterior, el que corresponda a los últimos estudios que posean. El certificado debe expresar la nota de acuerdo a la escala vigente según el Ministerio de Educación Chileno.
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Fotocopia Cedula de identidad por ambos lados del solicitante y estudiante.
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Fotocopia Libreta de ahorro y/o cuenta bancaria a nombre del alumno con número legible.
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Certificado de nacimiento en los casos en que el cuidado personal del estudiante no esté legalmente reconocido por parte de los tribunales de justicia correspondiente, deberá presentar antecedentes suficientes para validar la veracidad de la información, mediante constancias, declaraciones juradas u otros documentos que serán visados por la DIDECO.
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Documento que acredite domicilio, residencia, morada o fuente laboral productiva en la comuna de Río Verde con una antigüedad igual o superior a 6 meses del familiar habitante en la comuna. (certificado de antigüedad que indique que realiza actividades en la comuna, esto debido a que existe la posibilidad de que realice actividades en Punta Arenas y no en la comuna, esto último lo inhabilita para postular).
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El postulante será el responsable de hacer llegar la información a los Asistentes Sociales de la Dirección de Desarrollo Comunitario en las fechas establecidos.
Obligaciones de la Dirección de Desarrollo Comunitario:
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Informe elaborado por el Asistente Social con el objeto de dar cuenta que el beneficiario cumple con los requisitos y documentación solicitada, y señalando además si es que corresponde entregar dicha Beca.
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Validación de la información entregada, por parte del Comité Directivo (Director de Administración y finanzas, Director de Control, Directora de Desarrollo Comunitario, Secretario Municipal, o quienes los subroguen) y su Alcaldesa (Informe de Validación).
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Aprobación de la entrega del beneficio por la Alcaldía, Director de administración y Finanzas y Director de Control o quienes los subroguen.
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Solicitud de Decreto Alcaldicio (a través de Oficio Interno) con el objeto de aprobar el beneficio.
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Una vez Decretada la entrega de Beneficio, la Dirección de Desarrollo Comunitario tendrá que solicitar a la Dirección de Administración y Finanzas el pago de la beca a nombre del beneficiario/a.
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Formato de acta de entrega del beneficio.
Monto Beca: El monto de la beca es variable según la calificación adquirida en los distintos niveles educacionales. Sin embargo, la cantidad de becas a entregar se definirá según el presupuesto anual disponible para dicho beneficio. En el Caso de que las postulaciones aceptadas excedan el presupuesto, se realizará un nuevo corte (de notas) que determinará la Dirección de Desarrollo Comunitario según las notas de dichos alumnos(as) :
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De 2° A 4° De Educación Básica: Se otorga la beca a aquellos(as) alumnos(as) que hayan superado el semestre escolar con una calificación media, igual o superior a 6,0 correspondiéndoles 0,6 UTM.
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Educación Básica De 5° A 8° Y Educación Media: Se otorga la beca a aquellos(as) alumnos(as) que hayan superado el semestre escolar con una calificación comprendida en los siguientes intervalos; con un promedio abarcado en el rango de 5,5 hasta 5,9 le corresponden 0,7 UTM. Con un promedio escolar comprendido en el rango de 6,0 a 7,0 la cantidad de UTM corresponde a 0.8.
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Educación Superior De Pregrado: Se otorga la beca a aquellos(as) alumnos(as) universitarios que estén cursando efectivamente su avance curricular y que en este proceso del semestre escolar superen el siguiente porcentaje ramos:
Porcentaje Avance Curricular |
UTM |
60% a 79% |
0.7 |
80% al 99% |
0.8 |
100% |
1,23 |
Distribución de Beneficios:
ETAPA ESCOLAR |
RANGOS DE CALIFICACIÓN |
UTM |
2° a 4° de Educación básica |
6.0 ----7.0 |
0.6 |
5° a 8° de educación básica y Educación Media |
5.5----5.9 |
0.7 |
6.0----7.0 |
0.8 |
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Educación Superior |
60%----79% |
0.7 |
80%----99% |
0.8 |
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100% |
1.23 |
Recepción: El proceso de recepción se llevará a cabo en 2 procesos:
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Etapa 1: Se recepcionará la documentación requerida para la obtención de la Beca I. Municipalidad de Rio Verde, descrita en este reglamento, a través de la Casilla 41 D (Punta Arenas), o de manera presencial en la Municipalidad de Río Verde. La solicitud de Beca debe ser la original, y la proporcionada por la Dirección de Desarrollo Comunitario.
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Etapa 2: Una vez que la Dirección de Desarrollo Comunitario cuente con toda la información requerida, validará y evaluará la información a fin de dar curso a la entrega de la beca a los(as) beneficiarios(as) correspondiente.
Plazos: El postulante deberá entregar la documentación requerida que se especifica en este Reglamento.
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Plazo ordinario: la documentación debe presentarse en la Dirección de Desarrollo Comunitario con fecha segunda semana del mes de marzo cada año. Los resultados serán publicados y notificados el 15 de mayo, aplicándose con efecto retroactivo su cancelación a partir del mes de marzo.
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Plazo extraordinario: Para aquellas situaciones que se consideren de fuerza mayor el plazo de entrega de documentos podrá ampliarse hasta la última semana de marzo, debiendo ceñirse a las fechas señaladas en el punto anterior de publicación y notificación.
Continuidad de Beca Segundo Semestre: Una vez que finalice el primer semestre académico, será responsabilidad del solicitante enviar a esta unidad durante el mes de agosto Certificado de alumno regular del segundo semestre, emitido por el establecimiento correspondiente, que acredite la continuidad de estudios. En el caso de los estudiantes de Educación Superior deberán remitir certificado de alumno regular que indique el mes del segundo semestre cursado. El plazo para entregar certificado de segundo semestre será la última semana de agosto del año, y deberá enviarlos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
En caso de que la institución retrase su segundo semestre académico, el postulante deberá solicitar prorroga al correo electrónico señalando su situación.
Causas De Extinción: La Beca Municipalidad de Río Verde se extingue cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias.
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Incumplimiento de alguno de los requerimientos expuestos.
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Falsificación de información.
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Quienes hayan reprobado el curso lectivo, será causa inmediata de extinción del beneficio (Básica-Media).
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Quienes no se encuentren en el año correspondiente a su avance curricular estimado, quedan automáticamente descartados para obtener el beneficio (Enseñanza Superior).
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Quienes hayan congelado sus estudios superiores.
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Quienes hayan egresado durante el semestre de percibida la beca.
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Inicio de prácticas profesionales en el segundo semestre sin cursar asignaturas
Puntos a considerar: En el caso de aquellas personas que no estudiaron en el semestre anterior o que hayan congelado su año, podrá postular al beneficio una vez cursado un semestre lectivo.
Excepciones: Se efectuará excepción en los siguientes casos:
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El/la beneficiario(a) que presente algún tipo de dificultad permanente (física, mental, visual ceguera, auditiva), deberá acreditar la misma, con un certificado médico firmado y timbrado por el profesional a cargo del diagnóstico o médico tratante declarando dicha dificultad.
Para quienes les corresponde esta excepción, será medido con el siguiente cuadro:
ETAPA ESCOLAR |
RANGOS DE CALIFICACIÓN |
UTM |
2° a 4° de Educación básica |
5.0 ----7.0 |
0.6 |
5° a 8° de educación básica y Educación Media |
5.0----6.0 |
0.7 |
6.1----7.0 |
0.8 |
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Educación Superior |
50%----69% |
0.7 |
70%----99% |
0.8 |
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100% |
1.23 |
POSTULACIÓN EN SITUACIÓN DE PARO: Se establecerá en los años en que producto de Movilizaciones de Estudiantes y/o Funcionarios (Paros) en que se vean afectados los plazos de cierre del Semestre Anterior y el Inicio del Semestre de la postulación, lo que imposibilita tener acceso a las concentraciones de notas y el certificado de alumno regular correspondiente en los tiempos estipulados en el presente Reglamento, la posibilidad de establecer un periodo especial de Postulación.
Este Periodo Especial de Postulación será establecido por la Dirección de Desarrollo Comunitario y dependerá de la coyuntura del año en cuestión siendo informado a Concejo Municipal.
Reglamento: Se proporcionará a la comunidad el “Reglamento Beca I. Municipalidad de río verde”, adjunto a este Reglamento de ÁREAS FOMENTO PRODUCTIVO, DESARROLLO COMUNITARIO, CULTURA Y TURISMO.
BECA I. MUNICIPALIDAD DE RIO VERDE |
Apoyo a la escolaridad mediante aporte económico.
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Ayuda a Estudiantes |
Desde 0.6 UTM a 1.23 UTM |
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