La Secretaría Municipal, estará a cargo de un(a) Secretario(a) Municipal, cuyas funciones principales son:
- Dirigir las actividades de secretaría administrativa del Alcalde y del Concejo
- Desempeñarse como Ministro de Fe, en todas las actuaciones municipales
- Recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda, la declaración de intereses establecida por la ley N°18.575
- De acuerdo con este reglamento, le corresponderá, además, cumplir las siguientes funciones:
- Desempeñarse como Secretario(a) del Concejo
- Cumplir diversas actuaciones, dentro de la constitución del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil
- Transcribir las resoluciones del Alcalde y acuerdos del Concejo, velando por su conocimiento general. 8. Redactar los oficios, decretos, resoluciones, instructivos, circulares y comunicaciones externas que se le encomienden
- Asesorar al Alcalde en la atención de situaciones que requieran su pronunciamiento o decisión directa
- Efectuar la tramitación administrativa de los sumarios e investigaciones sumarias de la municipalidad y el registro de estos actos, velando por el cumplimiento de los plazos en estas actuaciones
- Preparar decretos “de baja”, para las especies inutilizadas, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes
- Tener a cargo los libros de registros de marcas y señales de ganado que sean inscritas en esta Municipalidad
- Tener a cargo la caja para gastos menores y rendir mensualmente de su utilización a la Dirección Unidad de Administración y Finanzas
- Corresponderá a la Secretaría Municipal llevar y mantener al día los siguientes archivos: a) Correlativo de oficios reservados despachados. b) De contratos, Convenios y Comodatos suscritos por la Municipalidad durante el año
- Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la formulación del presupuesto municipal y de los servicios incorporados de Salud y Educación
- Cumplir con la función de Encargado de la Aplicación de la Ley N°20.285, sobre Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en conformidad a lo dispuesto por el respectivo Manual de Transparencia
- Revisar periódicamente la actualización de la página web institucional www.rioverde.cl
- Asumir el rol de Ministro de Fe dentro del Consejo Intercomunal de Seguridad Pública de Laguna Blanca y Río Verde, conforme a lo señalado en la Ley N°20965
- Velar por el cumplimiento de la Ley N°19.418, además de asesorar a las Organizaciones comunitarias o Juntas de Vecinos, y llevar un registro con la documentación al día de las antes señaladas
- Cumplir las demás funciones que le señale la Ley o el Alcalde encomiende.
De la Secretaría Municipal, dependerán:
- Departamento de Administrativos
- OFICINA DE TECNOLOGIA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES (OTIC)
- Oficina OIRS
- Oficina de Partes