La Dirección de Desarrollo Comunitario tiene por objetivo asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción del desarrollo comunitario y cultural de la Comuna, considerando especialmente la integración y participación de sus habitantes, y le corresponderá cumplir las siguientes funciones:

1. Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el Municipio.
2. Proponer y ejecutar, dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con salud pública, protección del medio ambiente, educación y cultura, deporte y recreación.
3. Conocer el tejido y componente social de la comuna, en virtud de variables intervinientes en aspectos de la calidad de vida y dentro de un contexto comunal, regional y nacional.
4. Alinear anualmente la planificación de todas aquellas actividades e intervenciones destinadas a mejorar las condiciones materiales de vida y bienestar social de los habitantes de la comuna, con la estrategia municipal vigente, manteniendo una malla de programas sociales y actividades municipales actualizada, coherente, eficiente y en sintonía con los lineamientos de la municipalidad.
5. Mantener informada a la comunidad respecto de toda política, beneficio, programa, proyecto, fondo concursable y cualquier otro que se implemente a nivel de gobierno central y/o local, que pudiese interesar a dicha comunidad.
6. Planificar, administrar, supervisar, mantener, evaluar y controlar todas las acciones y programas.
7. Aplicar las políticas que fije el Alcalde en materia de subvenciones, fondos concursables, fondos de desarrollo vecinal y cualquier otro aporte que fije la normativa legal vigente.
8. Supervisar el cumplimiento de los distintos programas sociales, culturales, deportivos, entre otros, que implemente la gestión municipal.
9. Supervisar, y gestionar el correcto funcionamiento de los diferentes programas (Chile Crece Contigo, Oficina Local de la Niñez, etc.) que se incluyan dentro de la cartera municipal interna o sean encomendadas por los diferentes Ministerios de gobierno.
10. Ejercer la responsabilidad de velar por la implementación de la Ley N°21.020, además de gestionar programas de bienestar relacionados a la tenencia responsable de compañía y trabajo.
11. Asesorar técnicamente a la autoridad Municipal para establecer convenios, generar alianzas estratégicas y vínculos de colaboración que ofrezcan beneficios, programas, proyectos, actividades que complementen el quehacer municipal.
12. Crear instancias de encuentros a través de capacitaciones y talleres de fomento productivo que contribuyan al desarrollo de los habitantes de la comuna.
13. Ejecutar acciones para el fomento lector y cultural de la comunidad.
14. velar por la racionalización en la administración de los recursos de la biblioteca pública N°233.
15. Cumplir con demás funciones que encomiende o delegue Alcalde en tanto estén vinculados con la naturaleza de su cargo. 

De esta dirección dependen los siguientes departamentos:

1. De asistencia y acción social
2. De fomento comunal
3. De Atención Primaria Veterinaria
3. Servicio Incorporado de Salud.